Principio In Dubio Pro Operario Derecho Laboral !!TOP!!
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A tenor del Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, in dubio pro operario se define como principio general del derecho de naturaleza exegética derivado del carácter tuitivo del derecho laboral. Ordena interpretar la ley en beneficio del trabajador en los casos de duda o conflicto normativo.
El principio jurídico de in dubio pro operario se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, Título I (De la relación individual de trabajo), Capítulo I (Disposiciones generales), Sección 1ª (Ámbito y fuentes), artículo 3.3:
3. Los conflictos originados entre los preceptos de dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas, que deberán respetar en todo caso los mínimos de derecho necesario, se resolverán mediante la aplicación de lo más favorable para el trabajador apreciado en su conjunto, y en cómputo anual, respecto de los conceptos cuantificables.
In dubio pro operario encierra un significado parecido al de los principios de in dubio pro reo, in dubio pro administrado y favor debitoris. También tiene cierta semejanza con el principio de equidad, pero éste último tiene una limitación que no se aplica de cara al principio de in dubio pro operario.
El principio de in dubio pro operario reúne en su definición similitudes a los principios de In dubio pro reo, In dubio pro administrado y benevolence debitoris. Guarda semejanza también con el principio de equidad, pero con limitaciones, como veremos a continuación.
El principio pro operario se relaciona con los derechos del trabajador por su carácter tuitivo, protector y tutelar. Los derechos del trabajador necesitan equilibrar las desigualdades en las relaciones laborales de empresarios y trabajadores.
En la actualidad, al existir más representaciones colectivas de trabajadores y al haber menor desequilibrio entre las partes en las relaciones laborales, se presentan cuestionamientos sobre la necesidad de recurrir a este principio, ya que el Derecho del Trabajo está dejando de tener una conducta paternalista por la que se inspiró en sus orígenes. Los actuales mecanismos resultan más eficaces.
Se debe considerar que, según la doctrina jurisprudencial, frente a la ausencia de prueba en los hechos y si hay dudas, esa situación no debe ser suplida con este principio pro operario, ni tampoco debe constituir una inversión en la carga de pruebas que se vuelque a favor del trabajador.
Por todo ello, el principio in dubio pro operario, es una recomendación de interpretación normativa, no es un parámetro de valoración probatoria, ni sirve para suplir deficiencias en los conflictos en que intervengan los trabajadores.
Bajo ningún concepto el principio implica la posibilidad de resolver conflictos laborales. No se usa para solventar los errores que se cometan en los procesos, ni tampoco implica que en un conflicto un trabajador no deba acreditar de forma debida su acción, para recibir una resolución.
El in dubio pro operario es un principio que según el cual en caso de duda de una norma se interpreta a favor del trabajador. Es uno de los principios más usados en materia laboral en las demandas, en los reclamos. Normalmente la parte laboral señala que la duda favorece al trabajador. Pero este es uno de los principios menos aplicados en la realidad, porque para aplicar este principio tiene que haber tres requisitos:
De tal manera que, por ejemplo, cuando se discute un despido y me pregunto si hubo o no un despido verbal, aplicamos el in dubio pro operario. No aplica aquí. No aplicaría en este ejemplo, porque no estamos ante la duda de una norma, sino ante la duda de un hecho, ¿ocurrió o no ocurrió? En este caso el juez deberá agotar todos los medios de interpretación y de probanza, para demostrar si el trabajador o el empleador es quien tiene la razón.
Entonces, en casos donde la ley no es clara se escoge la interpretación más favorable al trabajador, que en este caso sería la asignación familiar completa, aunque haya laborado, uno, dos o tres días, no importa, se escoge la interpretación más favorable al trabajador que es el 100% de la asignación familiar. Así resuelve, por ejemplo, la Autoridad de Trabajo y por ahí he visto algunas sentencias también. Este último caso, es un ejemplo claro en donde aplican válidamente el in dubio pro operario.
In dubio pro operario es una locución latina, que expresa el principio jurídico de que en caso de duda en la hermenéutica de la norma, se favorecerá al trabajador (operario). Es un principio interpretativo de Derecho laboral, que podría traducirse como "ante la duda a favor del operario o trabajador".
Este criterio responde al sentido en sí mismo del derecho laboral, que difiere del objetivo del derecho común, mientras que este apunta a establecer igualdad entre los contratantes, el derecho laboral apunta a proteger al trabajador, por ser la parte más débil en cuanto a la negociación.
En el presente trabajo se analiza el alcance del principio in dubio pro operario en la apreciación de las pruebas, los límites de su aplicación y la vinculación de la sana critica con el principio protector; asimismo, la actividad probatoria y oficiosa del Juez Laboral y las técnicas o directrices que pudiera aplicar con este principio. Se trata de una investigación documental en la que se demuestra que el principio in dubio pro operario conlleva a esclarecer los hechos dudosos favoreciendo al trabajador por ser el débil jurídico. En consecuencia, no deberían existir límites en la aplicación del mencionado principio, ya que el Juez debe tener la plena convicción y hacer la apreciación justa al momento de valorar la prueba bajo su razonamiento lógico. Se concluye que el Juez al aplicar este principio, debe tomar en cuenta las máximas de experiencia, la identidad de las cosas bajo la intuición y la sana critica. También, debe razonar los hechos y circunstancias, aplicando la lógica inductiva, abductiva y deductiva en este mismo orden, así como la intuición en la apreciación de la prueba. Se propone la modificación del artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la creación de un equipo multidisciplinario para que el operador de justicia esclarezca las dudas que se le presenten y sirva de complemento para el fallo, coadyuvando a que la sentencia sea más justa.
En el derecho laboral nos encontramos con el principio In dubio pro operario, el de la norma más favorable, y el de la condición más beneficiosa que buscan favorecer los intereses del trabajador bajo el principio general de favorabilidad.
El principio In dubio pro operario se aplica cuando una misma norma tiene varias interpretaciones, en tanto en principio de favorabilidad se aplica cuando existen dos normas distintas que regulan la misma materia.
Como se puede observar, el principio In dubio pro operario predica respecto a una norma vigente que tiene varias interpretaciones, en tanto la condición más beneficiosa aplica cuando una hay cambio de norma, una nueva y una anterior, una derogada y una vigente.
Sin embargo, en los últimos años la función tuitiva del Derecho del Trabajo es cada vez menor y el legislador está optando por una defensa de los intereses del mercado laboral en general, o de los empresarios en particular. En concreto, la Exposición de motivos de la Ley 3/2012 establece sin ningún tipo de tapujo que la reforma tiene el objetivo de incrementar la eficiencia del mercado de trabajo. Por lo que si anteriormente el principio pro operario era un principio que aun no siendo un reflejo del Derecho positivo tenía algún sentido derivado del carácter tuitivo; hoy en día se podría decir que el principio pro operario es un principio contra legem o al menos extra legem.
AHORA BIEN, la inexistencia del principio pro operario derivado del Derecho positivo sólo es aplicable para la interpretación de los preceptos de carácter normativo, pero no para las cláusulas contractuales.
En el presente trabajo se analiza el alcance del principio in dubio pro operario en la apreciación de las pruebas, los límites de su aplicación y la vinculación de la sana critica con el principio protector; asimismo, la actividad probatoria y oficiosa del Juez Laboral y las técnicas o directrices que pudiera aplicar con este principio. Se trata de una investigación documental en la que se...
La Ley 26.428, publicada en el B.O. en diciembre pasado, refuerza el principio conocido como in dubio pro operario, que postula que en caso de duda sobre la aplicación e interpretación de normas legales, e incluso en la valoración de la prueba se favorecerá al trabajador.
el principio de indubio pro operario tambien protege al trabajador aplicando una norma de manera retroactiva al trabajador solo cuando es para beneficiarlo, y de ningun modo se podra aplicar para perjudicarlo.
Si bien en ningún modo puede excluirse la operatividad de los principios generales de aplicación e interpretación de las normas contenidos en la Constitución Española y en el Código Civil, lo cierto es que en la rama social del derecho existen unos principios específicos que modulan los criterios generales de aplicación e interpretación del Derecho, existencia que sin duda encuentra justificación en la complejidad y peculiaridades del sistema de fuentes de este sector del ordenamiento jurídico así como en el sentido social que las normas laborales llevan implícito.
Estas reglas específicas determinan, por un lado, qué norma debe seleccionarse para su aplicación a una situación fáctica determinada en caso de existir varias simultáneamente vigentes -principio de norma mínima y de norma mas favorable- y, por otro, qué interpretación normativa es procedente, en el caso de que varias interpretaciones sean posibles -principio pro operario. 2b1af7f3a8
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